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año:2004
 
proceso:ASESORIA INTERNA Y EXTERNA
 
unidad:HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
 
tipodocumento:BE Criterios y Pronunciamientos
 

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Años (1)
2004
53
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales 2 Lic. Álvaro E. Alfaro Jiménez 1º de octubre, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 11792 1º de octubre, 2004 FOE-SM-2273 Licenciado Álvaro E. Alfaro Jiménez, MBA Telfax: 222-4101 San José Atención: Lic. Oscar Julio Rímola Umaña, calles 3 y 5, Avenida 16, Edificio Santander, 2º piso. Estimado señor: Asunto: Aspectos relacionados con el oficio No. 10110 emitido por la Contraloría General de la República al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. Nos referimos a su oficio sin número, de fecha 9 de setiembre del año en curso, mediante el cual realiza algunas reflexiones en torno al oficio No. 10110 del 26 de agosto de 2004, de esta Contraloría General de la República y dirigido al Instituto de Fomento y Asesoría Municipal. En primer término, es preciso aclarar que lo resuelto por este Despacho en el oficio No. 10110 ya citado, es producto de la competencia constitucional concedida a este órgano contralor en materia de fiscalización previa, debiendo en forma puntual “...examinar, aprobar o improbar los presupuestos de las Municipalidades e instituciones autónomas, y fiscalizar su ejecución y liquidación” (artículo 184 de la Constitución Política), por tanto, es dentro de ese marco de referencia y de acción que se debe comprender el ejercicio de la actividad en control previo desplegada por esta Contraloría General. Ahora bien, en cuanto a su solicitud para que nos pronunciemos sobre el asunto, en procura de establecer un orden en cuanto a materia presupuestaria y administrativa, le informamos que el asunto de marras se ha tratado dentro de las potestades de control previo antes citadas, de ahí que en una primera ocasión, mediante el oficio No. 11069 del 2 de octubre de 2004, se procede a la improbación del contenido presupuestario destinado a la liquidación con responsabi ...
Fecha publicación: 04/10/2004
Fecha emisión: 01/10/2004
Documento: 11792-2004.doc
Institución: PARTICULAR
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área Servicios Municipales Licda. Yahaira Carvajal Camacho -2- 30 de julio, 2003 Al contestar refiérase al oficio Nº 11763 1º de octubre, 2004 FOE-SM-2259 Señores Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ Guanacaste Estimado señor: Asunto: Solicitud de criterio sobre si el servicio de mercado municipal es una actividad auxiliar o sustantiva. Nos referimos al oficio SM-1262-37-2004 del 29 de setiembre de 2004, suscrito por la señora Doris Viales Viales, mediante el cual transcribe el acuerdo tomado por ese Concejo Municipal en el artículo 5, inciso 06 de la sesión No. 37 del 14 de setiembre del año en curso, donde solicitan el criterio de esta Contraloría General en cuanto a si el servicio de mercado municipal es una actividad auxiliar o sustancial del quehacer municipal y así definir la transferencia a la Asociación de Inquilinos del Mercado. Al respecto, le comunicamos que la gestión presentada no cumple con los requisitos establecidos en la circular No CO-529, publicada en La Gaceta No 107 del 06 de junio del año 2000, por lo que procedemos al archivo de su consulta. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área FAG/hmm ci Expediente: 2004 Archivo Central Ni: 21053 CP: 2004006440 Criterios en materia presupuestaria ] ...
Fecha publicación: 04/10/2004
Fecha emisión: 01/10/2004
Documento: 11763-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SANTA CRUZ
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 11750 PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 2 Área de Servicios Municipales Sr Luis Rodríguez Quesada 16 de setiembre, 2004 4 de octubre de 2004 FOE-SM-2257 Señor Luis Gerardo Rodríguez Quesada Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE Guanacaste Estimado señor: Asunto: Se deja sin efecto las improbaciones indicadas en el punto 2 de los oficios con números 10934 y 11013 sobre la modificación externa 1-2004 y presupuesto extraordinario 3-2004 de la Municipalidad de Nandayure En atención a su oficio Nº 133-2004 de fecha 28 de setiembre de 2004, mediante la cual remite información para que sea considerada en las improbaciones citadas en el punto 2 de los oficios con números 10934 y 11013, notas de remisión de la modificación externa 1-2004 y presupuesto extraordinario 3-2004, le indicamos que una vez analizada dicha información, se procede a dejar sin efecto lo indicado en esos puntos. Por lo tanto, se aprueba el contenido económico contemplado en al subpartida de servicios especiales del presupuesto extraordinario 3-2004 y la Modificación externa 1-2004, para la creación de una plaza de Operador de equipo pesado, financiada con los recursos de la Ley de Simplificación y Eficiencia Tributarias Nº 8114. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área LRSS/kacm ci Concejo Municipal Auditor Interno Expediente: PO 2004 Archivo Central NI: 20885 CP: 2004006473 ] ...
Fecha publicación: 03/10/2004
Fecha emisión: 30/09/2004
Documento: 11750-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE NANDAYURE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 11335 22 de setiembre de 2004 FOE-SM-2198 Señor Diputado Carlos Salazar Ramírez Coordinador de Fracción Legislativa Movimiento Libertario ASAMBLEA LEGISLATIVA Estimado señor: Asunto: Atención a consulta sobre traslados de fondos de cuenta corriente general a la cuenta corriente utilizada para el manejo de los recursos provenientes de la Ley No. 8114 en las municipalidades. En atención a su nota ML – CSR – 286 – 04, recibida el 16 de setiembre, mediante el cual solicita el criterio técnico en relación con la posibilidad de trasladar fondos de cuenta corriente general a la cuenta corriente utilizada para el manejo de los recursos provenientes de la Ley No. 8114, me permito indicarle que, ante consulta similar efectuada por el Auditor Interno de la Municipalidad de San Carlos, esta Oficina emitió criterio sobre el particular, mediante oficio No. 9451 del 24 de agosto, del cual se adjunta fotocopia. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área MMC/hmm ci Expediente: Asamblea Legislativa Archivo Central NI: 19611 CP: 2004006106 Criterio en materia presupuestaria ] ...
Fecha publicación: 02/10/2004
Fecha emisión: 22/09/2004
Documento: 11335-2004.doc
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 11627 29 de setiembre, 2004 FOE-SM-2238 Licenciado Edgar Hernández Matamoros Auditor Interno MUNICIPALIDAD DE CORREDORES Puntarenas Estimado señor: Asunto: Atención a consulta sobre destrucción de timbres municipales y llantas en deshuso en la Municipalidad de Corredores. En atención a su nota AI-021-04, mediante la cual consulta el procedimiento a seguir para la destrucción de timbres municipales y llantas en deshuso, le comunicamos que se trata de un asunto cuya resolución es de competencia exclusiva de la administración, así como el determinar los macanismos apropiados de control y los registros necesarios para proceder a la eliminación de esos activos, por lo que esta oficina se abstiene de emitir criterio sobre el particular. Atentamente, Lic. Edwin Gamboa Miranda Gerente de Área HNGS/VAH/hmm ci Expediente: Oficios de respuesta-2004 Archivo Central NI: 9680-04 CP: 2004002982 ] ...
Fecha publicación: 01/10/2004
Fecha emisión: 28/09/2004
Documento: 11627-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE CORREDORES
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 7 Área De Servicios Municipales Msc. Percy Rodríguez 4 de octubre, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 11466 4 de octubre, 2004 FOE-SM-2221 Master. Percy Rodríguez Alcalde Municipal MUNICIPALIDAD DE TIBÁS Estimado señor: Asunto: Criterio en relación con el pago de prohibición, dedicación exclusiva y aplicación del Decreto de Salarios Mínimos a los funcionarios municipales Damos respuesta a su oficio DA-E-1239-2004 del 13 de Agosto del 2004, mediante el cual solicita el criterio de la Contraloría General de la República en relación con el pago de prohibición de acuerdo con la Ley 5867 y el artículo 118 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios, el pago de dedicación exclusiva y la aplicación del decreto de salarios mínimos en el campo municipal. I. Sobre el pago de prohibición de conformidad con la Ley 5867 y el artículo 113 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios a los funcionarios municipales encargados de la percepción y custodia de tributos municipales. La compensación por prohibición surge como una necesidad de compensar a los servidores públicos sobre los que recae una restricción al ejercicio liberal de su profesión, a efecto de que estos puedan dedicarse exclusivamente a las funciones que les encomienda su puesto. Esta restricción solamente cabe cuando expresamente lo disponga una ley dado que está de por medio el derecho constitucional de libertad de trabajo. Asimismo, para que proceda el reconocimiento de dicha compensación económica es necesario que una norma acuerde su pago. “…En otros términos, para reconocer la compensación económica de cita, no basta con que exista una prohibición, sino que es necesario, adicionalmente, que esté normativamente dispuesta la posibilidad de otorgar como consecuencia de ello una retribución económica." (Procuraduría General de la República ...
Fecha publicación: 27/09/2004
Fecha emisión: 24/09/2004
Documento: 11466-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE TIBAS
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Lic. Jorge Luis Mora -2- 29 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio Nº 11331 FAX 286 35 75 29 de setiembre, 2004 FOE-SM-2197 Licenciado Jorge Luis Mora Romero Regidor Concejo Municipal MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE San José Estimado señor: Asunto: Respuesta a solicitud de adición y aclaración a oficio Nro. 9594. En atención al su oficio de fecha 1 de setiembre de 2004, mediante el cual presenta solicitud de adición y aclaración en relación al oficio Nro. 9594 (FOE-SM-1847), se le indica lo siguiente: 1. En relación con el señalamiento del punto Nro. 1, tal como se le indicara en la reunión sostenida el día 27 de agosto que usted menciona, lo que este Órgano Contralor otorgó mediante el oficio Nro. 9594 de fecha 18 de agosto de 2004, fue la aprobación del contenido presupuestario; no obstante es la Municipalidad a la hora de ejecutar ese contenido la que tiene la responsabilidad de velar por el cumplimiento del bloque de legalidad que les aplica. En lo que respecta a la responsabilidad de funcionarios públicos, se indica que conforme al artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, “La Administración Pública actuará sometida al ordenamiento jurídico y sólo podrá realizar aquellos actos o prestar aquellos servicios públicos que autorice dicho ordenamiento”. Asimismo, el Título Sétimo de la Ley General de la Administración Pública regula la responsabilidad de la administración y del servidor público. En este sentido, el inciso 1 del artículo 190 establece: “La Administración responderá por todos los daños que cause su funcionamiento legítimo o ilegítimo, normal o anormal, salvo fuerza mayor, culpa de la víctima o hecho de un tercero” Y en cuanto al servidor público dispone el artículo 199 incisos 1 y 2: “1. Será responsable personalmente ante terceros el ser ...
Fecha publicación: 25/09/2004
Fecha emisión: 22/09/2004
Documento: 11331-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE SAN JOSE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales Al contestar refiérase al oficio N. 11289 PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa 2 Área de Servicios Municipales Sra. Migdalia Lara Ruiz 22 de setiembre, 2004 22 de setiembre, 2004 FOE-SM-2186 Señora Migdalia Lara Ruiz Alcaldesa Municipal MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ Guanacaste Estimada señora: Asunto: Solicita estudio de la vigencia laboral de la plaza de Asistente del Alcalde de la Municipalidad de La Cruz. En atención a su nota de fecha 18 de agosto de 2004, mediante la cual solicita a este Despacho realizar un estudio de vigencia laboral de la plaza de Asistente del Alcalde de esa Municipalidad, con base en el acuerdo Nº 1-2 de la sesión ordinaria Nº 27-2004, del 21 de julio de 2004, se le indica lo siguiente: En primera instancia se le recuerda que en la Circular Nº.CO-529 sobre atención de consultas dirigidas a la Contraloría General de la República, publicada en la Gaceta 107 del 4 de junio de 2000, se establecieron disposiciones en relación con la materia que por la vía consultiva atenderá esta Contraloría General de la República, la cual se dicta en completa armonía con lo dispuesto en el numeral 29 de la Ley No.7428 –Ley Orgánica de la Contraloría General de la República- y de los artículos 183 y 184 de la Constitución Política; así, se establece claramente que la Contraloría General evacuará las consultas en forma escrita, siempre que versen sobre materias propias de sus competencias constitucionales y legales y que no traten sobre situaciones concretas que debe resolver la institución solicitante. Ahora bien, a simple vista se determina que el caso planteado responde a una situación particular –concreta-, que es la vigencia laboral del Asistente del Alcalde de esa Municipalidad, actividad que no es competencia de la Contraloría General. Entonces, nos encontramos en una situación que resulta contraria a las disposiciones de la ...
Fecha publicación: 24/09/2004
Fecha emisión: 21/09/2004
Documento: 11289-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE LA CRUZ GUANACASTE
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales PAGE División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área De Servicios Municipales 2 Lic. Juan Echeverría Alfaro 13 de setiembre, 2004 Al contestar refiérase al oficio No. 10888 13 de setiembre, 2004 FOE-SM-2111 Licenciado Juan José Echeverría Alfaro Presidente Ejecutivo INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORÍA MUNICIPAL San José Estimado señor: Asunto: Autorización para que el Instituto de Fomento y Asesoría Municipal elabore una modificación interna. En atención a su oficio PE-609-2004-ASV, del 9 de setiembre del año en curso, mediante el cual solicita autorización para realizar vía modificación interna el traslado de ¢6.800.0 miles de la subpartida “Prestaciones legales” del Programa IV a la subpartida “Indemnizaciones” del Programa I, con el objeto de atender el asunto mencionado en los oficios Nos. 10110 y 10690 de esta Contraloría General, se comunica que como un caso de excepción, y de conformidad con la información aportada, se autoriza la formulación del citado documento. No obstante lo anterior, es preciso indicar que: 1. El contenido de la subpartida en cuestión se autoriza como una previsión presupuestaria global, de cuya ejecución es completamente responsable esa administración, quien debe proceder con estricto apego al bloque de legalidad; actuación sobre la cual esta Contraloría General se reserva efectuar el estudio de fiscalización que defina. 2. La ejecución se debe fundamentar y tener entre otros respaldos, la resolución pertinente dictada por el órgano interno competente, en la que consten los elementos de hecho y de derecho por los que se determina sin lugar a dudas para el caso de interés, el monto particular a indemnizar como extremos laborales que en derecho correspondan. 3. La modificación interna deberá cumplir con los requisitos establecidos en el reglamento de modificaciones internas y remitirnos copia de la misma, debidamente aproba ...
Fecha publicación: 13/09/2004
Fecha emisión: 10/09/2004
Documento: 10888-2004.doc
Institución: INSTITUTO DE FOMENTO Y ASESORIA MUNICIPAL (IFAM)
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA


División de Fiscalización Operativa y Evaluativa Área de Servicios Municipales DIVISIÓN DE FISCALIZACIÓN OPERATIVA Y EVALUATIVA area de servicios municipales Al contestar refiérase al oficio Nº 10704 8 de setiembre, 2004 FOE-SM-2070 Licenciada Grace Montero Salas Auditora Interna MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA Estimada señora: Asunto: Atención a consulta sobre destrucción de timbres en la Municipalidad de Goicoechea. En atención a su nota AI 082 - 2004, mediante la cual consulta el procedimiento a seguir para la destrucción de timbres municipales, le comunicamos que se trata de un asunto cuya resolución es de competencia exclusiva de la administración, así como el determinar los mecanismos apropiados de control y los registros necesarios para proceder a la eliminación de esos activos, por lo que esta Oficina se abstiene a emitir criterio sobre el aspecto consultado. Atentamente, Lic. Máximo Moraga Cabalceta, MBA Asistente Técnico MMC/hmm ci Expediente: Fiscalización Archivo Central NI: 7044 CP: 2004005790 Criterio técnico ] ...
Fecha publicación: 11/09/2004
Fecha emisión: 08/09/2004
Documento: 10704-2004.doc
Institución: MUNICIPALIDAD DE GOICOECHEA
Emite: HIST. AREA FISC. SERVICIOS MUNICIPALES
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: ASESORIA INTERNA Y EXTERNA